La noche Málagueña y el monopolio de los mafiosos tristes:
Anoche un empresario de esta mi ciudad me prohibió el paso en uno de sus multiples locales, alegando derecho de admision, del cual carecen o no usan debidamente.
Aqui quiero dejar claro a que tiene derecho esta pandilla de mafiosos de segunda.
Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos o actividades recreativas o personas en quienes deleguen podrán ejercer el derecho de admisión. Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo. El derecho de admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad. Las condiciones para el ejercicio del derecho de admisión deberán constar en lugar visible a la entrada de los locales, establecimientos y recintos.
Se prohíbe el acceso a los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas portando prendas o símbolos que inciten a la violencia, el racismo y la xenofobia.
Me remito a los datos
Sólo cuatro establecimientos de Málaga han solicitado a la Junta de Andalucía desde 2003 condiciones específicas de admisión.
Primer caso: Aprueban prohibir la entrada por portar consumiciones, a las personas que no vayan a consumir en el local y a otras con calzado e indumentaria deportiva o de playa. Sin embargo, no puede prohibir la entrada a los menores de 25 años.
Segundo caso: Puede prohibir la entrada por portar consumiciones y a las personas que no vayan a consumir en el local. Sin embargo, no puede prohibir por llevar animales de compañía porque en su solicitud no se especificaba que se exceptuaban los perros guía, como exige el decreto en cuestión.
Tercer caso: Aprueban prohibir la entrada por portar consumiciones, a las personas que no vayan a consumir en el local y a otras con calzado e indumentaria deportiva o de playa. Sin embargo, no puede prohibir la entrada a aquellas personas que hayan sido expulsadas con anterioridad.
Cuarto caso (Casino de Marbella): Puede prohibir la entrada a aquellas personas que portan cámaras fotográficas, videos y grabadoras; las acompañadas de animales, excepto perros guía, o con ropas o calzados deportivos o playeros. Se prohíbe la entrada específicamente a los caballeros con hombros descubiertos, pantalón corto o bermudas, abrigo largo, sombrero, gorras o similares.
Expedientes: Se han incoado tres a locales de Marbella, uno de los cuales deberá abonar una multa de 300 euros por establecer condiciones que están prohibidas.
En este enlace se puede leer el decreto :
http://www.webdeljuego.com/contenidos/doc_normativas/DECRETO_258_2007_ANDALUCIA.pdf
Esto no va a quedarse aqui..........
sábado, 30 de enero de 2010
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